Cuando la lógica y el sentido común no está
presente en nuestras acciones diarias, en nuestras decisiones, nos encontramos
en un serio problema.
No importa qué actividad desarrollemos, el
sentido común es la base de una buena decisión, pero, desgraciadamente, muchas
veces no se puede poner en práctica, quizás por razones de índole personal,
laboral, etc.
Lo cierto es que, a mi entender, el sentido
común debe estar incluido en las decisiones judiciales, mucho más si pensamos
que el destinatario de esas decisiones es la sociedad en su conjunto. Cada decisión
deja un mensaje a la sociedad, aunque no sea ese su objetivo final.
En estos tiempos, en los que una sentencia, o
cualquier acto emanado por un órgano del Estado, puede ser conocido e interpretado
por quienes así lo deseen desde cualquier lugar del mundo, a través de
internet, ese "mensaje" se vuelve mucho más importante.
Es por eso que traigo a análisis una decisión
judicial, en este caso emanada del Ministerio Público Fiscal (vale la aclaración
por ser el MPF), que a través del Fiscal De Luca dictamina de forma que se
aleja del sentido común, de los principios lógicos que deben reinar en la
justicia.
Copio a continuación parte de lo
expresado:
El fiscal Javier de Luca pidió
rebajar la pena de prisión a un prefecto y un ex oficial de la fuerza acusados
por transportar 91 kilos de marihuana. La mayoría de los jueces que
intervinieron en la causa cuestionaron su decisión, pero no pudieron frenarlo:
pese a que la defensa de los propios acusados no lo había pedido, el integrante
de la agrupación Justicia Legítima cambió la carátula de la acusación y logró
así que los denunciados obtuvieran condenas más bajas.
Todo comenzó el 21 de diciembre de 2012, cuando
el cabo primero Jorge Ariel Ávalos y el ex oficial de Prefectura Claudio David
Pérez fueron detenidos por la Policía Bonaerense al salir del estacionamiento
del supermercado Walmart de San Justo, La Matanza. Como habían sido vistos en
actitud sospechosa, se les pidió la documentación del auto Honda Civic en el
que viajaban. Ávalos mostró su placa y su arma reglamentaria para intentar
eludir el control. Pero el vehículo figuraba como robado y tenía papeles falsos.
En el baúl, los policías encontraron 91 kilos de marihuana, repartidos entre un
bolso del personaje infantil "Hello Kitty", una valija verde y otra
negra.
Si, es así como leen. Un auto
robado, con documentos adulterados y 91 kilos de marihuana, son para el fiscal
una simple tenencia de estupefacientes (recordemos que la tenencia simple tiene
penas entre 1 y 6 años, penas mucho más leves que las que pueden aplicarse a
quienes se dedican a la comercialización.)
Ahora bien, seguramente que cualquiera que lee ese
dictamen puede creer que hay algo más, que se nos está escapando algo al
describirla. Es imposible pensar que alguien que lleva 91 kilos de marihuana en
el baúl de un auto (robado) no va a comercializarla. Cuál sería el criterio
para pensar de esta manera. Dejemos que el propio fiscal nos ilustre:
"...Considero que la conducta obrada por los condenados debe
ser subsumida en el delito de tenencia simple de estupefacientes. Ello así, por
cuanto la descripción del hecho no evidencia el punto de origen, como así
tampoco el lugar de destino de la droga secuestrada. En ese sentido, no
cualquier traslado de una cosa de un lugar hacia otro constituye transporte en
la significación jurídica del término. El concepto jurídico del transporte de
estupefacientes implica más que el mero acto de trasladar una cosa de un lugar
a otro.”
Leyeron bien, “no se evidencia el punto de origen…” ; “no cualquier traslado de una
cosa de un lugar a otro constituye transporte en la significación jurídica del
término”
Señores, vemos en esta decisión como la lógica y
el sentido común son dejados de lado, presentando así un precedente peligroso
para las causas análogas que puedan presentarse.
El mensaje a la sociedad, en este caso, se torna difuso, incomprensible y sin sentido.
Tenemos ante nosotros un claro ejemplo de lo que
se expresó anteriormente. La irresponsabilidad también se ejerce desde los
poderes del Estado, en este caso desde el Poder Judicial de la Nación.
Fuente.
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